En enero, cuando comience a aplicarse, quienes circulen en bicicleta deberán llevar casco y luces y, asimismo, respetar las normas viales.
La modificación a la ley de tránsito, que se aprobó el martes, fija que los ciclistas deberán usar casco y luces delantera y trasera (blanca y roja respectivamente).
También, que tendrán que respetar las normas viales ya que circulan con un vehículo por la vía pública. Sin embargo, esto plantea el interrogante sobre cómo se los multará cuando incumplan la normativa.
Es que a los conductores de autos o de motos se les puede pedir el carnet de conducir y, además, los rodados cuentan con una chapa patente. En cambio, no se requiere de una licencia para andar en bicicleta y ésta carece de una identificación.
El director de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, Leonardo Yapur, explicó que a los ciclistas infractores se los multará con el número de DNI. En el caso de que no lleven consigo el documento, deberán declarar el número y el domicilio cuando el inspector de tránsito lo requiera.
El funcionario señaló que las bicicletas, al movilizarse por la vía pública, se equiparan con cualquier otro vehículo en lo que al respeto de las normas se refiere. De ahí que, por ejemplo, deben esperar a que el semáforo esté en verde para avanzar y ubicarse detrás de la senda peatonal cuando frenan en una esquina.
El director de Seguridad Vial, Oscar Hómola, señaló que esto requerirá de un profundo cambio cultural en los ciclistas, no muy acostumbrados a regirse por las mismas reglas que un auto en este sentido. Pero destacó que pronto comenzará una campaña de difusión de aquellos cambios que afectan directamente a los usuarios y, particularmente, a quienes se movilizan en bicicleta. Asimismo, destacó que se apunta a la educación y la sanción es el último recurso.
Lucas Burgos, consultor en Movilidad y Ciclismo Urbano, planteó que en otras ciudades del mundo se ha demostrado que en cuanto se establece la obligación de utilizar casco se reduce el número de ciclistas urbanos. Así, consideró que es importante utilizarlo en prácticas deportivas, como el descenso; o cuando se recorren largas distancias en calles con mucho tránsito, pero no en los circuitos cortos.
Burgos indicó que hay estudios científicos que han demostrado que no hay diferencia en las lesiones craneales producto de un accidente cuando se lleva o no casco. “No estamos diciendo que no hay que usarlo, pero debería ser opcional”, resaltó.
En cambio, el promotor del uso de la bicicleta como un medio de transporte sustentable se mostró de acuerdo con que se exija el uso de luces, por motivos de seguridad. Es que reconoció que en la noche o a primera hora de la mañana no siempre los conductores de otros vehículos alcanzan a ver a los ciclistas.
Seguridad en camionetas
La nueva ley establece que los niños menores de 12 años deben ir en los asientos traseros y los menores de 4, además, en un dispositivo de retención infantil homologado. Esto puede complicarse en una camioneta que no tiene doble cabina. Yapur indicó que, en este caso particular, el niño puede ir adelante, pero con el cinturón de seguridad abrochado y en la butaca, si es pequeño.
Claves
Cinturón adelante y también atrás. Todos los ocupantes de un vehículo deberán llevar el cinturón abrochado, tanto en los asientos delanteros como traseros.
Niños atrás. Los menores de 12 años tendrán que viajar sentados atrás y los menores de 4, en un dispositivo de retención infantil homologado.
Mascotas sujetas. Los animales deberán ir en los asientos traseros, ya sea sujetos con un cinturón especial o adentro de una caja conocida como transportadora.