El restablecimiento de las jornadas con las que se “alargan los fines de semana” tras dos años de ausencia aún genera muchas dudas y pocas certezas. Antes del Día del Trabajador hay uno.
En noviembre de 2017, el decreto 923/2017 publicado en el Boletín Oficial restableció los feriados puente del 2018 y el 2019. Tras haber estado fuera de los almanaques durante 2016 y 2017, el Gobierno dio marcha atrás para fomentar el turismo en el país.
La administración de Mauricio Macri volvió a habilitarlos por la ley 27.399 que se aprobó en el Congreso el pasado septiembre.
La medida permite fijar anualmente hasta tres días no laborables con el fin de incentivar el turismo, que deben coincidir con los días lunes o viernes.
Para 2018 se determinaron como “feriado puente” no laborables al 30 de abril y el 24 y 31 de diciembre. En cambio, para 2019 se seleccionaron el 8 de julio, el 19 de agosto y el 14 de octubre. Importante: no son feriados.
Entonces el 30 de abril es no laborable y se trabaja de acuerdo a la necesidad y costumbre de la empresa sin bonificación para el que concurre y el 1º de mayo sí es feriado por el Día del Trabajador.
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