El Senado dio sanción definitiva a los proyectos de Avalúo e Impositiva, por lo que ya es posible conocer cuál será la carga tributaria provincial el año próximo.
En líneas generales no hay grandes cambios y tal como estaba previsto, se pagará un 23% más que el año pasado en la mayoría de los impuestos. Sin embargo, hay algunas modificaciones y excepciones que merecen ser mencionadas.
En lo que respecta la Ley de Avalúo, se destaca la exclusión de los “conjuntos inmobiliarios” en la Régimen de Autovaluación de Inmuebles. Cabe recordar, que el Gobierno de Mendoza determinó que los propietarios de ciertos inmuebles debían declarar ante Administración Tributaria Mendoza (ATM) el valor real de su propiedad, lo que inevitablemente condujo a un fuerte incremento del Impuesto Inmobiliario para los contribuyentes afectados.
En la Ley de Avalúo de 2018 aparecían en la lista de los afectados los “conjuntos inmobiliarios”, algo que generó polémica debido a la falta de precisiones sobre qué propiedades estaban comprendidas dentro de ese grupo. En 2019 el régimen seguirá vigente y repetirá las mismas condiciones que en el año en curso, pero los “conjuntos inmobiliarios” no estarán incluidos.
Ignacio Barbeira, Director de Rentas de ATM, explicó que “se eliminó ese punto justamente para darle mayor claridad a la normativa” y aclaró que “no será necesario incorporarlo nuevamente, debido a que la mayor parte de las propiedades que entraban en el grupo de ‘conjuntos inmobiliarios’, quedan comprendidas en otras categorías”.
En el resto de la Ley de Avalúo no hay grandes sorpresas. Se indica por ejemplo que el valor de una vivienda tipo de setenta y dos puntos será de $ 3.210/m2, lo que supera por $ 600 al valor determinado el año pasado, pero respeta el 23% de la pauta inflacionaria.
Impuesto Inmobiliario
No hay modificaciones en las alícuotas que se utilizan para calcular el impuesto que le corresponde pagar a cada propiedad, razón por la cual la mayoría de los inmuebles pagarán 23% más que el año pasado. La excepción son las propiedades que ingresan al mencionado Régimen de Autovaluación de Inmuebles.
Si bien ya están alcanzados los conjuntos inmobiliarios, sí deben presentar declaración las viviendas con un valor de mercado de $ 15 millones o más, los inmuebles cuya valuación oficial sea igual o superior a $ 2 millones, supermercados, estaciones de servicio y bancos, entre otros.
Por otro lado, no hubo cambios respecto al “Adicional Baldío”, pese a las protestas del sector empresario y las acciones de Inconstitucionalidad que debe resolver la Justicia. De esta manera, los terrenos ociosos seguirán pagando un extra sobre el Impuesto Inmobiliario que irá del 300% al 600%, dependiendo del caso.
Impuesto Automotor
Los vehículos patentados antes del 2010 seguirán pagando un monto fijo establecido por la ley. En todos los casos el monto a tributar en 2019 también será 23% mayor al que se pagó en 2018.
Es muy diferente el caso para los propietarios de autos registrados del 2010 en adelante. En este rubro se tributará el valor equivalente al 3% sobre el valor del vehículo según la tabla de valuación de la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad del Automotor (Dnrpa). Si bien se trata de la misma modalidad establecida en los últimos años, el escenario económico ha provocado que algunos modelos subieran cerca de un 60% en el transcurso del 2018.
Como consecuencia, los contribuyentes dueños de esos vehículos pagarán un Impuesto Automotor 60% más alto el año que viene.
Ignacio Barbeira, de ATM, consideró que es una modalidad de cobro justa, dado que “se basa en los valores reales de mercado”. Por otro lado, aclaró que “no habrá ningún limitante respecto a cuánto puede subir al aumento” y remarcó que “así como algunos vehículos subirán por encima del 23% de pauta inflacionaria, otros lo harán por debajo de ese porcentaje”.
Dando continuidad al plan plurianual de baja de alícuotas y respetando el Consenso Fiscal, el Gobierno de Mendoza continuó con la baja progresiva de Ingresos Brutos para diferentes actividades.
Sellos
Este impuesto tampoco presenta modificaciones en cuanto a las alícuotas sobre las que se calculan las obligaciones tributarias, pero hay un “incremento oculto” que se puede destacar. Es que las escalas para el pago en los contratos de locación aumentaron en función del 23% de pauta inflacionaria, pero después de un 2018 con una inflación acumulada oficial del 37,2% (de enero a septiembre) cuesta encontrar contratos de alquiler que se hayan ajustado en un 23% o menos.
Según la Ley Impositiva 2018, los contratos de locación con destino exclusivamente a casa habitación con rendimiento de hasta $ 72.000 anuales están exentos del pago de Sello, los que dejan entre 72.001 a $ 144.000 anuales pagan 0,5% y desde $ 144.001 anuales en adelante pagan 1,5%.
En 2019 las tasas serán las mismas, pero la primera escala será de hasta $ 88.560 anuales, la segunda irá de $ 88.561 a $ 177.120 anuales y la tercera partirá de $ 177.121 anuales en adelante.
Como se puede observar, en todos los casos las escalas se incrementaron 23%. Por lo tanto, es altamente probable que muchos contratos pasen de estar exentos a pagar 0,5% o de tributar el mínimo a pagar 1,5%.
Descuentos para cumplidores
Al igual que el año pasado, ATM otorgará un descuento del 10% sobre el pago de Ingresos Brutos e Impuesto Automotor a aquellos contribuyentes que al término del 2017 se encontraban al día con esas obligaciones tributarias. Además, dará otro 10% de bonificación por estar al día al cierre del 2018 y un 5% más para quienes hagan los pagos de forma anual.