Un nuevo año desde que el Departamento, pionero en la temática, dio por aprobada la ordenanza 46/2016.
A través de la Ordenanza N°46/2016, el Municipio junto al Honorable Concejo Deliberante de Tupungato, concretó en diciembre de 2016 la prohibición, utilización y expendio al público de artificios pirotécnicos y cohetería de tipo explosiva, con efectos sonoros.
Por lo que se recuerda, -ya que nos encontramos próximos a las festividades de fin de año-, que está prohibida la utilización, tenencia, acopio, exhibición, fabricación y expendio al público de dichos artificios.
El objetivo principal es evitar la gran cantidad de heridos que el hospital recibe cada año por el uso de este tipo de pirotecnia; disminuir daños materiales ocasionados por incendios y lo más importante evitar el sufrimiento en personas, especialmente afectadas por autismo, hipertensión o problemas psicológicos y/o psiquiátricos, así como lesiones en animales, debido a su sensibilidad auditiva; y por otra parte y no menos importante el dictamen se fundamenta en el malestar que dicha pirotecnia sonora les produce a los animales, también debido a su mayor sensibilidad auditiva, estos estallidos, ocasionan alteración en su sistema nervioso, cuadros de estrés, inestabilidad emocional, afecciones en el tímpano, reacción de desconcierto, aturdimiento, miedo y angustia por la pérdida del sentido de la orientación.
Tupungato se convirtió en el primer Departamento de la Provincia en implementar este tipo de Ordenanza y promueve el uso de artificios lumínicos, que hagan de las celebraciones familiares eventos seguros y tranquilos para el disfrute de toda la comunidad.
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