Para el diferimiento de la suba de tarifas se aumentarán los subsidios. Empresas cobrarán una tasa de interés.
La administración nacional de Mauricio Macri oficializó este lunes que el incremento del 22% de la tarifa del gas se pagará después de las elecciones, durante el verano y en cinco cuotas.
Así lo dispuso la Resolución 336/2019 de la secretaría de Energía, dependiente del ministerio de Hacienda, publicada este lunes en el Boletín Oficial con la firma de Gustavo Sebastián Lopetegui.
El incremento del gas deberá ser pagados a partir de diciembre, es decir, siete días después de un eventual balotaje presidencial (24 de noviembre) .
En el artículo primero la medida dispone establecer con carácter excepcional un diferimiento de pago del 22% en las facturas emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019.
Esta medida no alcanzará a los usuarios con consumo cero (0) en el referido período de facturación.
El Gobierno señaló que esta postergación de pago es “en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluído por redes”.
Según consideró la administración nacional, las características propias de los consumos residenciales asociados a factores de temperatura (calefacción de los hogares) hacen inevitable que la mayor demanda se produzca en el aludido periodo invernal, con el consiguiente incremento en los niveles promedio de los montos facturados a esos usuarios.
Bajo esas circunstancias, la secretaría de Energía evaluó la posibilidad de otorgar “una mayor homogeneidad” en las erogaciones de los usuarios de tipo residencial, que amortigüen el impacto en las economías familiares de los mayores consumos invernales.
En el artículo segundo la Resolución establece que los diferimientos indicados serán pagados a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1º de diciembre de 2019 y por cinco períodos mensuales, iguales y consecutivos.
El ministerio de Hacienda dispuso que el costo financiero del diferimiento, computado entre las fechas de vencimiento de pago original de las facturas y las de vencimiento de las facturas en las que se incluya cada cuota de recupero, será asumido por el Estado Nacional en carácter de subsidio.
El subsidio se abonará mediante el pago de intereses a distribuidoras, subdistribuidoras, transportistas y productores, “conforme a la metodología que oportunamente se determine y con los controles previos correspondientes”.
Se reconocerá, no obstante, la tasa para plazos fijos por montos de veinte millones de pesos ($ 20.000.000) o superiores a plazos de treinta (30) o treinta y cinco (35) días, denominada TM20, publicada por el Banco de la Nación Argentina.
Esa tasa con la que se afrontará el diferimiento del incremento de las tarifas se ubica en la actualidad en el 52,75% anual, según informó el Banco Central en su último resumen de variables financieras.
Los usuarios podrán optar por no acogerse a este beneficio, manifestando esa circunstancia ante la prestadora del servicio, en cuyo caso ésta deberá refacturar el total del monto adeudado.
Podrán hacerlo quienes tienen capacidad de pago en la actualidad y no quieren abonar luego las facturas del verano junto al extra que significará las cuotas por los períodos no cobrados de este invierno.
El Gobierno comunicó al ENARGAS, para que adopte las medidas necesarias a fin de que las licenciatarias del servicio de distribución de gas por redes y las subdistribuidoras del servicio ejecuten el diferimiento.