“El mensaje es: tengamos responsabilidad, medidas de precaución y cumplamos con solidaridad”, pidió Roberto Munives.
El mensaje es: tengamos responsabilidad, medidas de precaución y cumplamos con solidaridad”, dijo hoy el comisario General Roberto Munives , jefe de la policía de Mendoza, al ser consultado sobre la situación en las calles mendocinas, tras ser decretado el aislamiento social preventivo y obligatorio.
“Noto que hay falta de conciencia, falta de responsabilidad. La policía está haciendo un gran esfuerzo”, dijo el jefe de la fuerza, advirtiendo que los operativos se van a endurecer y “vamos a detener a la gente si no cumplen con el aislamiento”.Munives recordó que se encuentran trabajando en el operativo unos 4.000 efectivos –más dela mitad de la fuerza- con el apoyo de 1000 móviles y unas 150 motos, además de los tres helicópteros, para casos especiales.
El comisario recomendó no salir a la calle, salvo en casos concretos como ir a comprar alimentos. Pero en este supuesto, afirmó que no hagan colas porque es una pérdida de tiempo y un riesgo innecesario, ya que está garantizado el abastecimiento.
Eso no se puede
Por otra parte, el gobernador Rodolfo Suárez salió al centro mendocino para comprobar el acatamiento a la cuarentena. En diálogo con Canal 9, se mostró molesto con quienes incumplen la medida: “Mandamos un móvil a un café donde hay gente sentada consumiendo, eso no se puede. Vamos a clausurar el local”, sentenció.
Además reiteró el pedido de no salir de casa y aseguró que no habrá desabastecimiento que productos primarios.
Las excepciones
- Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
- Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ,Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial,municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
- Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
- Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
- Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
- Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
- Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
- Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
- Personal afectado a obra pública.
- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales. En consecuencia se deberá asegurar la libre circulación de vehículos y personal propio y de empresas contratistas de las prestadoras de servicios; la libertad de circulación del personal técnico propio de las empresas y de sus contratistas dedicado a tareas de control de las redes y de los distintos sistemas de control de redes, datacenters, bases técnicas, centros logísticos, etc, en todas las calles, autopistas y rutas de todo el país, como así también el acceso a edificios públicos y domicilios particulares y trabajos en la vía pública, para garantizar el aseguramiento y continuidad de todos los servicios.
- Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
- Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
- Servicios de lavandería.
- Servicios postales y de distribución de paquetería.
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
- Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
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