El nuevo sistema integra los pagos de la AUH. Se comenzó a implementar este mes y aún genera confusión entre los beneficiarios.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) creó un nuevo procedimiento de control, validación, liquidación y puesta al pago de las Asignaciones.
Este mes, muchos beneficiarios de Anses se alarmaron porque en sus bonos de sueldo o cuando chequearon las fechas de cobro online, figuraban las siglas CUNA.
Esto se debe a que la semana pasada, a través del Boletín Oficial, el Gobierno oificializó la creación del Sistema de Cobertura Universal de Niñez y Adolescencia (CUNA), como un procedimiento de control, validación, liquidación y puesta al pago de las Asignaciones en forma directa a través de la Anses.
Ahora cuando los beneficiarios de las asignaciones ingresan a la página de Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para consultar las fechas de cobro de sus beneficios se encontrarán con este nuevo concepto.
Desde Anses explicaron que la implementación del nuevo sistema había modificado las fechas de pagos, por lo que desde las redes sociales del organismo nacional publican a diario los nuevos plazos.
El nuevo cronograma arrancó el 12 de agosto, cuando anteriormente se había anunciado que empezaría la semana anterior.
Esta situación ha suscitado que muchos de ellos tengan la inquietud acerca de qué es el CUNA, e incluso se pregunten si se trata de algún nuevo tipo de plan social y/o asignaciones que comenzará a abonar Anses o si el mismo reemplaza a algún plan vigente. La respuesta a esta incertidumbre es no.
El CUNA es simplemente un aplicativo que integra los sistemas liquidadores de asignaciones familiares y universales con el fin de agilizar la tarea cotidiana, los tiempos de resolución y las bases de información de la Anses.
Este nuevo sistema permitirá a los empleados de la Anses un manejo más eficaz de la base de datos de los beneficiarios de las asignaciones, tanto en la carga de la información como en la resolución de problemas y reclamos.
¿Dónde se cobra?
El anexo de dicha resolución establece en su capítulo 1 que “los/as titulares del artículo 1° de la Ley N° 24.714, sus complementarias y modificatorias, tengan o no cargas de familia, deberán elegir el medio de pago donde quieren percibir las Asignaciones ante una Oficina, Delegación, Unidad de Atención Integral (UDAI) o a través del medio que esta Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) disponga a estos fines.”
¿Hay que seguir presentando la Libreta de Seguridad Social, Salud y Educación?
El/la titular de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social deberá acreditar, por cada menor de 18 años a su cargo, el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación, en adelante Libreta, y/o en el Formulario que se establezca para tal fin. La Libreta y/o Formulario deberá ser presentada ante ANSES, desde el primer día hábil de enero y hasta el último día hábil de diciembre de cada año.