Es una nueva disposición de Defensa del Consumidor de la provincia que busca que los clientes tengan información clara.
Hoy se publicará en el Boletín oficial de la Provincia una resolución que alcanzará a “todos los establecimientos” que vendan al consumidor los productos de la canasta familiar exentos del IVA tras las medidas anunciadas por el gobierno nacional hace casi dos semanas. La normativa, impulsada por la Dirección de Defensa del Consumidor, reglamenta la presentación de la información brindada al cliente al momento de hacer su compra. En concreto, los comercios (desde pequeños almacenes hasta los grandes hipermercados y mayoristas) deberán exhibir los precios con y sin IVA de los productos exentos de esre impuesto.
Según destacó a Los Andes la directora de Defensa del Consumidor, Mónica Lucero de Nofal, “hemos hecho controles observando la aplicación del Decreto 567 (de Mauricio Macri), notamos que había una gran disparidad en los comercios a la hora de llegar con la información adecuada al consumidor”. La señalética, en los primeros días de vigencia del dictamen nacional, fue uno de los principales obstáculos que impidió una correcta lectura del usuario sobre los costos del producto exento de IVA en supermercados y mayoristas de la provincia.
Lucero de Nofal agregó que con esta normativa “Mendoza será la primera provincia en contar con este tipo de herramientas para una correcta aplicación del Decreto 567/2019 y así cuidar la economía del consumidor”.
En una recorrida por supermercados que hizo este diario el fin de semana, algunas góndolas exhibían precios superiores a los que existían antes de la devaluación del lunes 12 posterior a las PASO; en otras, valores similares o importes ligeramente inferiores en los productos alcanzados por la exención. En este escenario, algunos locales han colocado cartelería que informa a los consumidores sobre cuáles son los artículos que cuentan con el beneficio impositivo, pero en otros comercios no muestran esta información.
En el recorrido se constató que en un supermercado de una cadena internacionallos compradores no encuentran ningún tipo de señalización para identificar los productos sin IVA, pero en otro salón con una gigantografía se detalla cada una de las categorías alcanzadas en el decreto 567/2019 (la normativa del IVA 0%) y se especifica además en cada caso si el valor expuesto en góndola incluye o no el impuesto.
Por otro lado, en otro hipermercado, un cartel anuncia en su portal de ingreso que los clientes encontrarán “más de mil productos” exentos del IVA. Mientras que en los perfiles de las góndolas y heladeras, cada artículo está señalizado como “precio bajo” y sin el impuesto pertinente. En otro supermercado local, en cambio, no hay ninguna indicación de que se haya deducido la tasa; sin embargo, se pudo comprobar también que en muchos casos los valores de venta de la mercadería sí han bajado.
Señalizar con criterio
“Nuestro trabajo busca ordenar la exhibición de los precios en todo el territorio de la provincia, para brindarle al consumidor una información más detallada, veraz y eficiente”, señaló la titular de Defensa del Consumidor sobre la intención que alberga la normativa que se publica hoy.
“La cartelería de los programas Precios Ciudados y Precios Escenciales está en vigencia, pero falta diferenciar aún en las cadenas de supermercado las categorías de los productos que son alcanzados por la quita del IVA”, enfatizó la funcionaria.
A lo largo de la primera semana de aplicación del decreto presidencial, en algunos casos los precios bajaron por la eliminación del IVA; en otros, los valores se incrementaron por la devaluación, pero luego volvieron a bajar; y en otros, los precios de venta se han mantenido estables. Ante esta situación, la comunicación con el cliente es muy importante porque de ella dependerá una buena decisión a la hora de la compra.
“Estamos trabajando con todos los organismos del Estado, tuvimos una reunión con AFIP. El objetivo es mejorar los controles. En la actualidad para desarrollar la tarea de fiscalización contamos con 200 inspectores, muchos aportados por los municipios”, explicó la funcionaria.
“Observamos que al consumidor le falta información sobre los precios, que en los perfiles de góndola se destaque -de forma clara- cuánto cuesta el producto con IVA y cuánto vale sin el impuesto. Nuestra resolución busca garantizar esa información y dar cumplimiento así al artículo 42° de la Constitución nacional que detalla los derechos de los consumidores”, puntualizó Lucero de Nofal.
“La resolución que impulsamos tendrá vigencia en todo el territorio de la provincia hasta el 31 de diciembre de 2019 o hasta que quede sin efecto el Decreto 567 u otra norma que lo reemplace, alcanzando a todos los comercios que le venden mercadería exenta de IVA a los consumidores finales. En el caso de los mayoristas que también comercialicen estos productos, deberán tener esta cartelería especial”. En cuanto a las multas, “dependerán de varios parámetros, entre ellos si se es reincidente o no en la falta. Nuestra intención primaria es hacer docencia y favorecer al consumidor”, aseguró la funcionaria provincial.
A partir de la entrada en vigencia de la normativa, desde hoy quedará unificado un criterio de presentación de los precios al cliente para todo el territorio de la provincia, buscando que la información sea más clara, eficiente y veraz. Desde el organismo estatal se continuará con los controles programados en los locales comerciales y multas, que pueden ser muy honerosas, recordó Lucero de Nofal.
IVA: qué alimentos están exentos
El de agosto entró en vigencia el Decreto 567/2019 del gobierno nacional que eliminó el Impuesto al Valor Agregado (IVA) hasta el 31 de diciembre para algunos productos de la canasta básica alimentaria, cualquiera sea su marca.
En el listado, compuesto por 14 categorías, están incluidos: pan, leche, aceite (de girasol, maíz y mezcla), azúcar, fideos secos, arroz, harina de trigo, polenta, rebozador y pan rallado, yerba mate, mate cocido y té, conservas (de frutas, hortalizas y legumbres), yogur y huevos.
Claves
Cartelería ordenada. La señaletica deberá ser exhibida en el lugar correspondiente (góndola), y el tamaño deberá permitir una fácil lectura.
Alcance de la norma. Todos los establecimientos en Mendoza que le vendan al consumidor final los productos exeptuados del pago del IVA.
Incumplimientos y multas. La infracción será pausible de las sanciones previstas en el art. 57 de la Ley Provincial de Defensa del Consumidor.
Vigencia de la regla. Desde hoy hasta el 31/12/2019, la vigencia del Decreto 567 nacional o una norma que lo reemplace.