Es en referencia al vencimiento de presentación y pago de las Declaraciones Juradas para los Agentes de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y para los Agentes de Retención del Impuesto de Sellos e Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
La Administración Tributaria Mendoza (ATM) informó que, debido a inconvenientes en los servidores del sistema informático cuyas fallas técnicas son totalmente ajenas a esta Administración, se ha prorrogado, mediante la Resolución General Nº 2/2018, el vencimiento de presentación y pago de las declaraciones juradas para los Agentes de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y para los Agentes de Retención del Impuesto de Sellos e Impuesto sobre los Ingresos Brutos, según el siguiente detalle:
Constancias de exención y/o reducción de alícuotas: Art. 185 inc. x) del Código Fiscal
La Administración Tributaria Mendoza (ATM) informó, a través de Resolución General de ATM Nº 3/2018, que las constancias de exención y/o reducción de alícuotas a las que se refiere el art. 185 inc. x) del Código Fiscal solicitas y/o validadas en diciembre 2017, regirán hasta el 31/01/2018, con los efectos de dichas constancias indiquen con igual validez que las obtenidas en los términos de la Ley 9022, en enero del corriente año.
Cabe aclarar que las constancias de tasa cero/reducida/diferencial enero 2018 deben solicitarse una vez restablecido el módulo Tasa Cero.